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Guía de alquiler

Preaviso y resolución del contrato de alquiler en Luxemburgo

En Luxemburgo, el inquilino que quiere dejar su vivienda debe respetar un preaviso de 3 meses, salvo que el contrato prevea uno más largo. El propietario, por su parte, solo puede resolver el contrato por un motivo grave, legítimo y serio, con un preaviso de 3 o 6 meses.

Actualizado el 24 de octubre de 2026 · Fuentes oficiales: guichet.lu y logement.lu

¿Cuál es el preaviso del inquilino?


3 meses, salvo que el contrato prevea un plazo más largo. El contrato también puede prever 6 meses o más: vuelva a leerlo antes de enviar su carta.

¿Cómo resolver un contrato de duración determinada?


La resolución debe efectuarse el día en que expira el contrato, respetando el preaviso previsto en él. De lo contrario, el contrato se renueva tácitamente. Envíe su resolución por carta certificada con acuse de recibo para conservar una prueba de la fecha.

¿Se puede salir antes de común acuerdo?


Sí. Propietario e inquilino pueden poner fin al contrato de común acuerdo y fijar libremente la fecha de salida, la fecha del inventario, la entrega de llaves y, en su caso, un inquilino sustituto. Ponga este acuerdo por escrito y hágalo firmar por todos.

¿Cuándo puede el propietario resolver el contrato?


Solo por un motivo grave, legítimo y serio, en principio por carta certificada con acuse de recibo. Los motivos previstos:

  • la necesidad personal del propietario o de un allegado;
  • un incumplimiento del inquilino de sus obligaciones;
  • obras importantes que hacen imposible que el inquilino siga en la vivienda.

El preaviso es de 3 meses en general y de 6 meses por necesidad personal. La carta por necesidad personal debe estar motivada y reproducir el texto de la ley, bajo pena de nulidad.

El propietario vende la vivienda: ¿debo irme?


La venta por sí sola no es un motivo de resolución. Si el nuevo propietario quiere vivir en la vivienda (él mismo o un allegado hasta el 3.er grado), debe enviar una carta certificada en los 3 meses siguientes a la compra, con un preaviso de 6 meses.

¿Puedo conseguir más tiempo para irme?


Sí, ante el juez de paz. Tras una resolución por necesidad personal, puede pedir una prórroga del preaviso en los 3 meses siguientes a la recepción de la carta; en total, el plazo no puede superar los 18 meses. Si un juez ha fijado una fecha de salida, puede pedir un aplazamiento como máximo 3 días antes de que venza el plazo: cada aplazamiento dura como máximo 3 meses, 9 meses en total, y debe demostrar que busca realmente una vivienda.

¿Se puede ceder el contrato a otra persona?


En general sí, salvo que el contrato contenga una cláusula que lo prohíba. El inquilino saliente presenta un nuevo inquilino al propietario, se firma un nuevo contrato entre ellos y el antiguo inquilino queda liberado.

¿Qué ocurre con el contrato si fallece el inquilino?


El contrato continúa, de duración indefinida, en favor del coinquilino, del cónyuge o de la pareja que vivía con él, o de un descendiente, ascendiente o pareja de hecho que viviera con él desde hacía al menos 6 meses y estuviera empadronado en la vivienda. De lo contrario, el contrato termina. Si fallece el propietario, el contrato continúa con sus herederos.

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Fuentes oficiales (consultadas el 24 de octubre de 2026)

Esta guía resume las normas generales. Para un caso concreto, consulte las fuentes oficiales o a un asesor jurídico.